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LA SEGURIDAD SOCIAL SUPENDERÁ EN 2026 LA PENSIÓN DE JUBILIACIÓN O INVALIDEZ CONTRIBUTIVA LOS QUE NO PRESENTEN UNA DECLARACIÓN ANUAL DE INGRESOS DURANTE EL PRIMER TRIMESTRE

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En España, los beneficiarios de una pensión no contributiva (PNC) gestionada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) están obligados a presentar una declaración anual de ingresos para mantener el derecho a la prestación.

Detalles clave:

  • La normativa que regula las pensiones no contributivas exige que los beneficiarios comuniquen anualmente sus ingresos y los de las personas con las que conviven.
  • Esta declaración anual es fundamental para que la administración pueda comprobar que se siguen cumpliendo los requisitos económicos para percibir la pensión.
  • Si el beneficiario no presenta la declaración anual de ingresos, el INSS puede suspender el pago de la pensión hasta que se regularice la situación.
  • El plazo y la forma de presentación suelen ser comunicados por la administración, y normalmente se realiza entre los primeros meses del año.

Base legal:

Esta obligación está recogida en la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas y en el Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 26/1990, así como en las instrucciones anuales del INSS.

Resumen:

Sí, el beneficiario de una pensión no contributiva del INSS está obligado a presentar una declaración anual de ingresos para mantener la prestación. El incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a la suspensión o extinción de la pensión.

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